martes, 4 de febrero de 2014

LAS CORTES GENERALES.

PRINCIPIOS GENERALES


Las Cortes Generales se encuentran reguladas en el artículo 66 de la Constitución Española.




Nos viene a decir que representan al pueblo español, y esto es así, porque, somos todos los españoles mayores de 18 años, los que nos encargamos de elegir quien formará parte de las Cortes, cuando vamos a votar, cada cuatro años.
Las Cortes tienen la potestad legislativa, esto quiere decir, que pueden hacer las leyes y aprobarlas, al mismo tiempo que aprueban sus Presupuestos y la acción del Gobierno, es decir, como representantes del pueblo español, tienen que controlar que la actuación del Gobierno se lleve a buen término, al cual pueden exigirle explicaciones.
Las Cortes Generales, están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. El Congreso se eligen con los votos de todos los españoles, y el Senado, es de representación territorial, o sea que el número de Senadores, que representa a cada provincia depende de la provincia a la que pertenezca. En el Congreso se elaboran las leyes, que remitirá al Senado para su veto o aprobación.




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