El Día Internacional de las personas con Discapacidad, tiene como objetivo fomentar su integración en la sociedad y promover la igualdad de oportunidades.La proclamación de este día tuvo su origen en la culminación del Decenio de las Naciones Unidas para las Personas con Discapacidad (1983-1992), cuyo propósito fue cumplir con el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 3 de diciembre de 1982.
En España entre otros organismos de ayuda a las personas con discapacidad tenemos:
Real Patronato sobre Discapacidad
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que tiene como misión promover la prevención de deficiencias, la rehabilitación y la inserción social de las personas con discapacidad; facilitar, en esos ámbitos, el intercambio y la colaboración entre las distintas Administraciones públicas, así como entre éstas y el sector privado, tanto en el plano nacional como en el internacional; prestar apoyos a organismos, entidades, especialistas y promotores en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, y emitir dictámenes técnicos y recomendaciones sobre materias relacionadas con la discapacidad. http://www.rpd.es/
La Once
Organismo gubernamental, constituido por varios ministerios y la propia ONCE, vela por el cumplimiento de sus fines sociales y la progresiva adecuación a las transformaciones sociales, políticas y económicas. http://www.once.es/new
CERMI
Que es el comité español de personas con discapacidad, que está integrado por personas discapacitadas y sus familiares, que se unen en pro de sus derechos e igualdad con el resto de ciudadanos. http://www.cermi.es
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/03/pdfs/BOE-A-2013-12632.pdf
"Artículo 1. Objeto de esta ley.Esta ley tiene por objeto:a) Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.b) Establecer el régimen de infracciones y sanciones que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad."
Y en su artículo 3, nos establece sus principios:
"Artículo 3. Principios.Los principios de esta ley serán:a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.b) La vida independiente.c) La no discriminación. d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas.e) La igualdad de oportunidades.f) La igualdad entre mujeres y hombres.g) La normalización.h) La accesibilidad universal.i) Diseño universal o diseño para todas las personas.j) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad.k) El diálogo civil.l) El respeto al desarrollo de la personalidad de las personas con discapacidad, y, en especial, de las niñas y los niños con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.m) La transversalidad de las políticas en materia de discapacidad."
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